La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves el fallo de tutela que dejó en libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado en primera instancia a 12 años de prisión por soborno a testigos y fraude procesal. El alto tribunal concluyó que se vulneraron sus derechos fundamentales y calificó de “vagos e imprecisos” los argumentos usados para ordenar su detención domiciliaria.
En un pronunciamiento de fondo, la Sala Penal ratificó la decisión que otorgó la libertad inmediata a Uribe, quien había permanecido 19 días bajo detención domiciliaria tras el fallo de la jueza Sandra Liliana Heredia.
La decisión, notificada este 18 de septiembre, fue adoptada por la presidenta de la Sala Penal, Myriam Ávila Roldán; el expresidente de la Corte, Gerson Chaverra; y el magistrado ponente, Diego Eugenio Corredor.
Según el fallo de 37 páginas, la jueza vulneró derechos fundamentales como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad del exmandatario. Los magistrados cuestionaron que la medida de aseguramiento se basara en argumentos “vagos, indeterminados e imprecisos” y señalaron que no se consideraron factores como la comparecencia voluntaria, la ausencia de antecedentes penales ni un riesgo probado de fuga o reiteración delictiva.
El alto tribunal hizo un llamado de atención al advertir que no basta con “adornar” las decisiones judiciales con argumentos formales, sino que deben presentarse fundamentos claros y verificables.
Con este fallo, la defensa de Uribe, encabezada por el penalista Jaime Granados, suma una nueva victoria mientras avanza en paralelo la apelación contra la condena de 12 años en el Tribunal Superior de Bogotá.
La Corte Constitucional aún podría revisar la tutela, mientras que la defensa del exmandatario reiteró su voluntad de continuar en el proceso y renunció expresamente a la prescripción que vencía el próximo 16 de octubre.








