La Fiscalía General de la Nación decidió no suspender, por ahora, las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo, entre ellos Jobanis de Jesús Ávila, alias “Chiquito Malo”, señalado como máximo cabecilla de esa estructura criminal y requerido también por la justicia de Estados Unidos. La decisión responde a una solicitud del Gobierno Nacional, que pidió levantar temporalmente las órdenes para facilitar el traslado de estos integrantes hacia Zonas de Ubicación Temporal, en el marco de los acercamientos sociojurídicos con el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia.
La petición del Ejecutivo hacía parte del procedimiento previsto para que miembros de esa organización se desplazaran hacia zonas definidas en Tierralta, Córdoba, y Belén de Bajirá, Chocó, con inicio proyectado para el 25 de junio de 2026. Según explicó el jefe negociador del Gobierno, Álvaro Jiménez, la resolución buscaba consolidar “los pasos previos” para el ingreso a esas zonas y se soportaba en la Ley 2272.
Sin embargo, la solicitud generó cuestionamientos por el alcance de la medida y por el perfil de los beneficiarios. La lista incluía a cabecillas con procesos judiciales vigentes e incluso solicitudes de extradición, lo que abrió un debate sobre los límites entre facilitar un proceso de sometimiento y otorgar ventajas jurídicas a una organización señalada de mantener actividades criminales en distintas regiones del país.
En análisis previos sobre la estrategia del Clan del Golfo para presentarse como actor con capacidad de interlocución territorial, expertos han advertido que esa estructura busca proyectar una imagen distinta a su naturaleza criminal. Gerson Arias, investigador de la Fundación Ideas para la Paz, señaló en diálogo con El País que el grupo intenta mostrar capacidad de control social y político: “Quieren mostrar que pueden hacer lo que otros grupos hacen para regular temas sociales”.
La Fiscalía, en cambio, sostuvo que no puede suspender de manera general, automática e inmediata las órdenes de captura sin información suficiente y verificable sobre el cumplimiento de los requisitos legales y el estado avanzado del proceso. Además, condicionó cualquier medida futura a la verificación de compromisos como el cese de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, la entrega de menores reclutados y el freno de acciones criminales con fines económicos.
La decisión también ocurre en medio del desgaste de varios procesos de la llamada “paz total”, marcados por la falta de avances concretos y por denuncias de que algunos cabecillas habrían continuado delinquiendo mientras contaban con beneficios judiciales. Uno de los casos más visibles es el de alias “Calarcá”, jefe de una disidencia de las Farc, frente a quien la fiscal general Luz Adriana Camargo pidió reactivar órdenes de captura tras atribuirle hechos como la masacre de 26 personas en Guaviare, acciones terroristas en Meta y ataques con minas antipersonales en Antioquia.
Para sectores críticos, la determinación de la Fiscalía envía un mensaje distinto al del Gobierno: el avance de una negociación no puede reemplazar la verificación judicial ni suspender la acción penal sin garantías reales de sometimiento, desescalamiento y cumplimiento. En ese sentido, la decisión ha sido leída como una postura apegada a la ley y como una advertencia frente al riesgo de repetir escenarios en los que los beneficios otorgados a cabecillas terminaron coexistiendo con nuevas acciones violentas en el país.








