La representante a la Cámara Gloria Elena Arizabaleta Corral presentó una adición al auto mediante el cual había ordenado la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro, precisando que la medida debe ser discutida y votada previamente por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
La aclaración se produjo pocas horas después de que se conociera el auto de sustanciación radicado bajo el número 7525, en el que la congresista ordenaba la suspensión temporal del mandatario hasta el próximo 21 de junio, dentro de una investigación por presunta participación en política.
En el documento inicial, Arizabaleta argumentó que la medida cautelar buscaba evitar una eventual reiteración de las conductas investigadas durante la recta final de la campaña presidencial. La decisión generó de inmediato una intensa controversia jurídica y política debido a las dudas sobre las facultades de una representante investigadora para ordenar la suspensión de un presidente en ejercicio.
Tras el debate suscitado, la representante radicó una adición al auto en la que aclaró que cualquier medida de suspensión debe surtir primero el trámite correspondiente dentro de la Comisión de Acusaciones, conforme a lo establecido en el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019.
Con esta precisión, el procedimiento ya no contempla una remisión inmediata al Senado de la República, sino que requiere una discusión y eventual votación dentro de la célula legislativa antes de avanzar a otras instancias.
Desde Nueva York, donde participa en actividades del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el presidente Gustavo Petro rechazó la solicitud de suspensión y afirmó que la iniciativa corresponde a una petición individual que aún debe cumplir las etapas previstas en el proceso.
La controversia también provocó reacciones de distintos sectores políticos y jurídicos. Entre ellos, el ministro del Interior, Armando Benedetti, y el exsenador Roy Barreras cuestionaron la competencia de la Comisión de Acusaciones para ordenar una medida de esta naturaleza contra el jefe de Estado.
El debate se mantiene centrado en la interpretación de las normas constitucionales que regulan el juzgamiento de los presidentes de la República y en el alcance de las facultades de la Comisión de Investigación y Acusación en medio de una campaña electoral.
Por ahora, la solicitud continúa en trámite y cualquier decisión deberá surtir las etapas correspondientes dentro del Congreso de la República.








