La Cámara de Comercio de Arauca hace extensiva la autorización que hizo la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la viabilidad jurídica que el proponente cambie el valor de la cuenta “Gastos Financieros” por la cuenta “Gastos de Intereses”, calculada con base en el concepto técnico No. 2017-261 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
En consecuencia, para solicitar el mencionado cambio, el Proponente debe realizar el siguiente procedimiento:
• La solicitud de corrección debe presentarse a petición de parte, es decir, solo podrá presentarla en Proponente inscrito.
• La solicitud de corrección solo puede versar sobre el indicador “Razón de Cobertura de Intereses”, para efectos de calcular el indicador con el concepto “Gastos de Intereses” y no “Gastos Financieros”, siguiendo lo indicado en el concepto técnico del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
• La solicitud de corrección no puede entenderse como una actualización de la información financiera.
• La solicitud de corrección no tendrá costo alguno para el Proponente.
• Este procedimiento solo se aplica a los proponentes que se inscribieron o renovaron su Registro de proponentes, presentando el Formulario del Formulario Único Empresarial y Social –RUES-, que estuvo vigente entre el 1 de enero y el 1 de agosto de 2017.
• El proponente no debe presentar nuevamente soportes documentales de la información financiera.
• La solicitud de corrección debe acompañarse de una certificación suscrita por el contador, auditor o revisor fiscal del proponente según corresponda, con la indicación del valor de la cuenta “Gastos de Intereses” calculado con base en el concepto 2017-261 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Una vez la Cámara de Comercio revise y verifica la información, expedirá un acto administrativo de carácter particular y concreto, debidamente motivado que reconozca y corrija el error del indicador.