El Consejo de Estado rechazó las demandas que buscaban anular la votación del Senado en la que se negó la convocatoria a una consulta popular de carácter nacional, dejando en firme la decisión adoptada por el Congreso.
La determinación fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, que analizó los recursos presentados contra el procedimiento legislativo. Las demandas estaban relacionadas con la votación en la que el Senado no respaldó la convocatoria de este mecanismo de participación impulsado por el Gobierno nacional.
Los demandantes sostenían que la votación debía anularse por una supuesta inconsistencia entre el número de senadores presentes y los votos registrados durante la sesión.
Según estos argumentos, aunque en el recinto había 97 congresistas, se contabilizaron 96 votos, lo que, a su juicio, contradecía las reglas internas del Senado. Sin embargo, tras revisar el video de la sesión, los documentos oficiales y el marco normativo aplicable, el Consejo de Estado concluyó que esta diferencia no afectó la validez del proceso.
En su análisis, la corporación determinó que el número de votos correspondía a los senadores que efectivamente participaron en la votación, por lo que no se configuró una irregularidad que alterara la formación de la voluntad del Senado.
Además, el alto tribunal recordó que, conforme a la Constitución, la convocatoria a una consulta popular de carácter nacional requiere un concepto previo favorable del Senado, requisito obligatorio dentro de este mecanismo de participación.
Con esta decisión, el Consejo de Estado deja en firme la votación del Senado que negó la convocatoria a la consulta popular.








