Este comercial de la corporación sin ánimo de lucro Red Paz , que fue el centro de una disputa legal con los canales privados de televisión, podrá emitirse sin restricción o control alguno por ser un mensaje de interés público, basado en la evidencia científica.
Así lo acaba de ratificar la Corte Constitucional al confirmar la sentencia que obliga a los canales privados de televisión a transmitir el mensaje de la campaña ‘No comas más mentiras’, que busca alertar a la sociedad acerca de los riesgos de la publicidad de comida chatarra dirigida a niños,“como paso fundamental para detener los altos índices de obesidad y sobrepeso en la población infantil y adolescente”, según argumenta la corporación.
Para la Corte Constitucional, el control previo que intentaron hacer en el pasado Caracol TV y Canal RCN constituye un caso de censura y les ordena abstenerse a ejercerlo, así como cualquier recorte o modificaciónen los mensajes de bien público que se quieran transmitir en televisión.
“El alto tribunal respalda nuestros argumentos que indican que esta campaña contiene mensajes de interés público cuya información cuenta con un amplio respaldo científico que alertan a los consumidores sobre los riesgos en salud de comer habitualmente comida chatarra.No permitir la publicación de estos mensajes se configura, a partir de ahora, como un caso de control previo o censura violatoria del derecho a la libertad de expresión”, dijo Red Papaz al conocer la decisión de la Corte.
En su decisión, la Corte Constitucional también ordena a la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) implementar estrategias pedagógicas que promuevan el pensamiento crítico respecto a la información que se presenta, buscando de esta forma proteger a niñas, niños y adolescentes.
Para Carolina Piñeros, directora Ejecutiva de Red PaPaz, se trata de “un avance histórico para la sociedad civil que permitirá luchar de manera más equilibrada ante los intereses particulares de la industriay de los dueños de los medios de comunicación cuando estos pretenden pasar por encima del interés general, específicamente de los derechos de los menores de 18 años”.