Según cifras oficiales de entidades nacionales y organizaciones internacionales, en Colombia hacen presencia cerca de 2 millones 500 mil migrantes venezolanos, una cifra que ha incrementado en los últimos meses y que según proyecciones, muchos pretenden quedarse y hacer su proyecto de vida en este país.
Esto significa una importante mano de obra que puede ser aprovechada; en el buen sentido de la palabra, por el aparato productivo nacional. Pero ¿Cómo el migrante venezolano puede ingresar al mercado laboral de forma regular?. Es por ello, que Carlos Parra, consultor del Banco Mundial para Políticas Laborales, explica acerca de lo que puede acceder el migrante venezolano y así vincularse al mercado laboral.
Lo primero que debe hacer el venezolano que ha llegado a Colombia es registrarse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV); esto es un punto de partida para que pueda acceder al PEP o acogerse al Estatuto Temporal de Protección para Venezolanos (ETPV).
Frente al tema de inclusión laboral, hay que recordar que el país tiene un ecosistema de empleabilidad bastante sólido y tiene que ver con la intermediación laboral a través de la red de servicio público de empleo, tal y como se encuentra con el SENA y las Cajas de Compensación Familiares, además de otras bolsas de empleo. Todo esto está interconectado y ofrece una ruta de empleo gratuita que permite inscribir la hoja de vida, además de recibir orientación laboral.
Por parte del SENA, sabemos que existen tres importantes rutas que le apuntan a la integración socioeconómica de la población tanto colombiana como migrante, como la ruta de empleo de la Agencia Pública de Empleo. También existe una ruta de formación para el trabajo como cursos cortos y formación titulada y por último son las certificaciones de competencias laborales para quienes tienen la experiencia pero sin la forma de refrendar, esta se puede alcanzar de esta manera.
En resumen…
¿Qué documentos necesito para trabajar en Colombia siendo venezolano?
- Permiso por Protección Temporal (PPT), más información de esta documentación aquí.
- Permiso Especial de Permanencia (PEP), una identificación que desaparecerá a partir del 28 de mayo de 2022 por la vigencia del PPT.
- Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF), mediante el cual se consigue la regularización por la misma formalización laboral.
- Visas tipo V (visitante), M (migrantes) y R (residente) que autorizan a ejercer una actividad laboral en ciertas circunstancias, es decir, no todas son iguales. En este explicador podrá consultar los términos de cada una o en la Resolución 6045 de 2017 de la Cancillería.
- Cédula de extranjería.
- Estatus de refugiado.
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