A través del decreto 517 del 4 de abril de 2020, el Gobierno Nacional y el Ministerio de Minas y Energía fijaron que los usuarios de estratos 1 y 2 podrán pagar los servicios de gas y energía en un periodo de 36 meses, sin que se fijen intereses por diferir dicho costo.
La norma dicta que las empresas comercializadoras que presten el servicio público de energía eléctrica y gas combustible por redes, podrán diferir por un plazo de treinta y seis meses, el costo del consumo básico o de subsistencia que no sea subsidiado, a usuarios residenciales de estratos 1 y 2. Estos consumos serán correspondientes al ciclo de facturación actual y al ciclo de facturación siguiente a la fecha de expedición del presente Decreto, y al final, no se podrá recargar algún interés o costo financiero por el diferimiento del cobro.
Así mismo, señala que las empresas estarán en la obligación de diferir el pago en los términos dispuestos en el presente artículo, aun cuando la empresa comercializadora de servicios públicos opte por no tomarla.
Entre tanto, las empresas deberán ofrecer un descuento en el actual ciclo de facturación y en el siguiente a la expedición del presente Decreto, de mínimo el 10% sobre el valor no subsidiado de la correspondiente factura, solo para aquellos usuarios de estratos 1 y 2 que paguen oportunamente.
Por otro lado, el Decreto señala que los usuarios residenciales de estratos 4, 5 y 6, y los usuarios comerciales e industriales, podrán efectuar un aporte voluntario dirigido a otorgar un alivio económico al pago de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible.
Los usuarios residenciales beneficiaros del aporte voluntario, serán aquellos que defina el Ministerio de Minas y Energía a través de resolución, de manera previa a la implementación del mecanismo.
Para lo anterior, las empresas de servicios públicos domiciliarios deberán incluir en las facturas de todos los usuarios de estratos 4, 5 y 6, y usuarios comerciales e industriales, un valor que incluya un monto o un porcentaje de la factura sugerido como aporte voluntario “Comparto mi Energía”, sin perjuicio de la posibilidad de que los usuarios aporten un monto o un porcentaje diferente.
Adicional a esto, gobernadores y alcaldes podrán asumir el costo de servicios públicos de energía y gas. Con esa nueva disposición del Gobierno Nacional, se autoriza a los mandatarios locales y departamentales para que puedan asumir el pago de servicios en medio de la crisis por el coronavirus, pero se aclara que deben asegurar el dinero a las empresas prestadoras de los servicios.