El burgomaestre Benjamín Socadagui Cermeño, presidió el Comité de Seguimiento Electoral para los comicios a Congreso 2018, en donde se socializaron temas como: seguridad, testigos electorales, número de ciudadanos inscritos para votar a la fecha, mesas mesas de votación distribuidas en la zona urbana y rural, y el Decreto 00133 del 18 de diciembre de 2017.
Ahora bien, el decreto reglamenta la publicidad política exterior, para las elecciones de congreso de la República, para el periodo constitucional 2018-2022, a celebrarse el día domingo 11 de marzo de 2018, y se adoptan otras disposiciones.
En este sentido, se reglamentará la publicidad en lo referente al número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas, vallas publicitarias o de publicidad visual exterior, perifoneo, fijación de carteles, pasacalles y afiches que contengan propaganda electoral y otros elementos de carácter político, a las que tienen derecho los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, Movimientos Sociales, Grupos Significativos de Ciudadanos y promotores de Voto en Blanco de dichas elecciones.
En materia, y exaltando los artículos relevantes podrá colocarse publicidad exterior visual, la cual, se permite en el Decreto, en todos los lugares del municipio, salvo los siguientes:
1. Áreas que constituyen espacio público. No obstante, podrá colocarse publicidad en los recintos destinados a la presentación de espectáculos públicos, en las paradas de vehículos de transporte público, y demás elementos de amoblamiento urbano.
2. Dentro de los doscientos metros (200 M) de distancia de los bienes declarados Monumentos Nacionales.
3. Donde lo haya prohibido el Concejo Municipal.
4. En propiedad privada, sin consentimiento del propietario o poseedor del bien inmueble.
5. Sobre infraestructura tales como: postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura de propiedad del Estado.
Por otro lado, sólo se permitirán treinta (30) cuñas radiales diarias, que distribuirán libremente en las emisoras con cubrimiento en el Municipio de Arauca, sin exceder en ningún caso el número máximo autorizado. La duración de cada cuña de carácter político, será máximo de quince segundos (15’). De otro lado, podrán realizar tres (3) avisos en publicaciones escritas, hasta del tamaño de una página en cada edición.
Cada partido, movimiento político y social, tendrá derecho a seis (6) vallas publicitarias, y deberán tener un área máxima de cuarenta y ocho metros cuadrados (48 mts); igualmente, los interesados tendrán que solicitar autorización a la Oficina Asesora de Planeación Municipal, la cual, tendrá la facultad de imponer multa a los que incurran a ubicar las vallas en lugares prohibidos o sin permiso. De igual manera, podrán usar ocho (8) pasacalles, los cuales, no deben sobrepasar los cincuenta centímetros (0.50 m) de ancho con longitud máxima igual a la de la vía.
Entre tanto, y en el marco de la reunión, la Registraduría Especial expuso que el municipio capital cuenta a la fecha, con más de 74 mil personas para ejercer el voto inscritas actualmente, en las 203 mesas que serán ubicadas en el área urbana y rural.
Cabe destacar, que al comité asistieron representantes de la Procuraduría y Registraduría Especial de Arauca, Fuerzas Militares y de Policía, y Delegados de los Partidos Políticos: Centro Democrático (con la presencia de un candidato), Cambio Radical y MIRA.